La Convocatoria activa Financiación persigue el apoyo a proyectos que promuevan la transformación digital de las empresas industriales al mismo tiempo que contribuyan a la mejora de su sostenibilidad ambiental como consecuencia de dicha digitalización.
Podrán acogerse a las ayudas establecidas las sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial y que no formen parte del sector público. Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial si las actividades para las que solicita ayuda financiera se encuadran en la sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y actividades complementarias tal y como establece el Anexo I de la Orden de bases. Asimismo, es preciso que el solicitante haya desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud.
Por otro lado, se establecen una serie de prioridades temáticas tales como:
- Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa (software).
- Soluciones para el tratamiento avanzado de datos (software).
- Soluciones de inteligencia artificial (software).
- Proyectos de simulación industrial (gemelo digital, software).
- Diseño y fabricación aditiva (simulador 3D, I+D+i, nuevos procesos o nuevos materiales y tintas…).
- Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial.
- Robótica colaborativa y cognitiva (al menos un robot físico).
- Sensórica.
En cuanto a los instrumentos y características de la ayuda, los apoyos se configuran en formato mixto de préstamo y subvención con 2 líneas de actuación diferenciadas:
- ACTIVA – pyme: solo para PYMEs según la definición de la UE. La ayuda será de 5 años (2 años de carencia).
- ACTIVA – Grandes implementaciones: para todas las empresas siendo 10 años (3 años de carencia) el periodo de duración de la ayuda.
La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80 por ciento sobre el presupuesto financiable. A su vez, los gastos financiables disponen de un plazo de 24 meses tras la Resolución de la concesión y para ACTIVA – pyme estarían constituidos por:
- Aparatos, equipos e infraestructura.
- Colaboraciones externas.
- Gastos de amortización del instrumental y equipos y alquiler de equipamiento para validación preliminar.
En cambio, para ACTIVA – grandes implementaciones, los gastos financiables son los siguientes:
- Costes de personal.
- Costes de instrumental y material inventariable.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes.
Enlace a la convocatoria: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/695878
El plazo para solicitar esta ayuda acaba el 27 de junio de 2023.